Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos

Europa, a favor de la colegiación obligatoria

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En el texto se trata el concepto de profesión liberal, los instrumentos reguladores y su finalidad, los aspectos económicos, los aspectos éticos y relativos a la obtención de beneficios, los requisitos actuales y futuros de las profesiones liberales y la protección de los consumidores y autonomía administrativa, destacando que se ha de asegurar los requisitos técnicos y éticos para la prestación de los servicios de las profesiones liberales y se debe conservar y fortalecer su capacidad competitiva y su impulso innovado.

En el dictamen se reconoce que la arquitectura y las ingenierías constituyen la fuerza innovadora de la sociedad y la calidad de vida de las personas mediante el desarrollo de infraestructuras, instalaciones técnicas y avances tecnológicos y protegen a la comunidad de los peligros que pueden derivarse de los edificios e instalaciones técnicas.

El CESE recomienda que todos los colegios se doten de códigos deontológicos y normas éticas de conducta, así como de comisiones de ética permanentes en cada una de las profesiones, haciéndolos garantes del comportamiento ético en la profesión, no sólo en los distintos países, sino que les insta a crear un código ético europeo. Hasta tal punto considera el comité importante que los colegios velen por la ética profesional, que indica que debería establecerse para cada profesión liberal, una organización profesional en todos los Estados miembros que elabore, publique y desarrolle principios de deontología profesional, en los países en que esta tarea no haya sido efectuada ya por los colegios profesionales.

El dictamen manifiesta que las regulaciones de precios necesitan una particular justificación y que deben establecerse de tal forma que sirvan a los intereses públicos.

Se destaca, la importancia de los mecanismos de aseguramiento de la formación a lo largo de la vida, en el que corresponde a las profesiones liberales garantizar una formación permanente adecuada de todos los profesionales de cada sector.

En cuanto a la autorregulación de la profesión, el dictamen dice que logra la libertad de la interferencia del Gobierno y garantiza al mismo tiempo su vinculación con el bien común y, por lo tanto, beneficia a los clientes y consumidores. Además, la autorregulación, junto con la autonomía, establece límites a la práctica profesional de sus miembros.

Es en el punto 7.6, en el que habla sobre la autonomía, en el que se indica que: Un requisito funcional para la autonomía administrativa es la colegiación obligatoria en aquellos países en los que sea posible con arreglo a la legislación en vigor. Esta intromisión en la libertad de la práctica profesional se justifica por un interés público superior.

Texto del dictamen, Artículo de Arno Metzler, Ponente del Dictamen de iniciativa del CESE ‘El papel y el futuro de las profesiones liberales’

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