Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos

Nueva sentencia del Tribunal Supremo

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Se une a la sentencia de la que informamos recientemente, sobre los Másteres de las Universidades del País Vasco y A Coruña.

El Supremo declara que: «Los Máster impugnados de la Universidad Politécnica de Cataluña habilitan y/o están vinculados con las profesiones reguladas de Jefe de Máquinas de la Marina Mercante y de Capitán de la Marina Mercante, generando el sustantivo “Ingeniería” error o confusión sobre sus efectos profesionales al no dar acceso a ninguna profesión regulada de Ingeniero.»

También cita el Real Decreto 1393/2007 que prevé que «En todo caso, las Administraciones Públicas velarán por (sic) que la denominación del título sea acorde con su contenido y en su caso, con la normativa específica de aplicación, y no conduzca a error sobre su nivel o efectos académicos ni a confusión sobre su contenido y, en su caso, efectos profesionales». En definitiva, como la Sala ha dicho con reiteración, se trata de evitar denominaciones que puedan inducir a confusión, académica o profesional sobre su contenido y calidad.
 
La sentencia hace alusión a que se está aplicando el sustantivo “Ingeniería” a títulos de Máster que suceden a otros anteriores que ya habían sido anulados y que, por lo tanto, siguen dando lugar a confusión con la titulación de Ingeniería Naval y Oceánica, Ingeniería que sí habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Naval y Oceánico.
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